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Los derechos de los pasajeros se recogen en la legislación de la UE o en leyes nacionales de transposición de las Directivas UE. Por lo tanto, las compañías aéreas, las agencias de viajes, los touroperadores y el resto de las empresas que participan en el suministro de transporte aéreo deben respetarlos.

Lo primero que deber hacer un pasajero es contactar la compañía aérea o el organizador del viaje combinado. 
Cuando un pasajero considere que se ha incumplido la ley, podrá dirigirse al organismo nacional responsable en materia de transporte aéreo o en materia de derechos de los consumidores.
En caso de perjuicio para un pasajero por el incumplimiento de la legislación comunitaria se puede iniciar una acción legal en los tribunales nacionales. 
Las organizaciones de pasajeros y de consumidores también pueden ofrecer asesoría o asistencia. 
Un pasajero también puede informar a la Dirección General Energía y Transporte de la Comisión Europea del curso dado a su queja a:

(Rue de la loi/Wetstraat 200, 1049 Bruselas, fax: +32.(0) 2.299.10.15, 

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Descuentos

En compañías como EasyJet los menores de dos años no pagan billete si no ocupan asiento.

En el resto abonan un 10% de la tarifa y no ocupan plaza.

Los menores de doce años tienen un descuento de un 50% en viajes nacionales y de un 25 a un 33% en internacionales. Está permitido llevar una cuna portátil o un cochecito plegable sin coste adicional. EasyJet no admite bebés menores de dos semanas, embarazadas de más de 34 semanas -a menos que tengan autorización médica-, menores de catorce años que viajen solos, animales -excepto perros guía- ni cadáveres.

 

Aceptación a embarque de pasajeros con necesidad de atención especial.

Estas disposiciones están basadas en la reglamentación en vigor de Aviación Civil, forman parte de la normativa de Seguridad en Vuelo y son de total y obligado cumplimiento

Infants: Niños entre 0 y 2 años sin cumplir. No tienen derecho a asiento ni equipaje. No se permite más que un infant por adulto No se puede viajar con ellos en asientos de salida de emergencia El máximo número de infants a bordo no sobrepasará en ningún caso el 10% de la capacidad del avión.

Child: Niño entre 2 y 12 años sin cumplir .Tienen derecho a asiento y a franquicia de equipaje. No hay un límite en el número de childs a bordo. No pueden viajar en asientos de salida de emergencia.

Menores sin acompañar: Deberán tener como mínimo 5 años cumplidos para poder viajar solos y no más de 12 años ya que en este caso se trataría de un pasajero adulto. Por debajo de 5 años no pueden viajar solos sino que deberán ir acompañados de un pasajero adulto ( de 12 años cumplidos como mínimo). Siempre se debe solicitar autorización y también se debe informar del nombre y teléfono de la persona adulta que lo entrega en el aeropuerto de origen y de la persona adulta que lo recoge en el aeropuerto de destino.

Grupos de menores: Los childs viajando en grupo deben llevar al menos un acompañante adulto por cada 15 childs. Debe notificarse con antelación al Dpto Comercial (Sección de Requerimientos Especiales) indicando el número de niños y el de acompañantes adultos.

Pasajeras embarazadas: Sólo precisan certificado médico en caso de superar las 32 semanas de gestación, o si el tiempo de embarazo es incierto o si existen complicaciones en él. Dicho certificado deberá estar emitido dentro de los 7 días previos al vuelo . No se recomienda viajar dentro de los 7 días previos al parto ni en los 7 posteriores al mismo. Tampoco se recomienda viajar con un bebé recién nacido de menos de 7 días de vida.

Asistencia en el embarque: En algunos casos se puede solicitar asistencia para pasajeros que sin ser minusválidos ni enfermos, ni menores, sí necesitan una cierta ayuda del personal de la compañía para sus trámites de salida o llegada., tales como pasajeros de poca edad que viajen solos (12, 13 años) que al ser oficialmente adultos no pueden ser tratados como menores sin acompañar, o ancianos, o personas no acostumbradas a volar, etc. Esta asistencia se presta como cortesía de la compañía, sin obligación contractual y en la medida de lo posible dentro de las disponibilidades de personal en el momento del embarque o desembarque.

Pasajeros con minusvalías : Se considera minusválido aquel pasajero que necesita ayuda de otra persona para dirigirse a una salida de la aeronave con la adecuada rapidez en caso de una evacuación de emergencia. Esto también incluye a los pasajeros que tienen serias dificultades para recibir o comprender las instrucciones de emergencia. Pueden dividirse en dos categorías:

  • a)Ambulatorios : Capaces de subir, bajar o moverse dentro del avión sin ayuda o con una pequeña ayuda de cualquier otra persona, tales como sordos, ciegos o disminuidos mentales

  • b)No ambulatorios: No capaces de subir, bajar o moverse dentro del avión sin ayuda.

     

Minusválidos acompañados: Deberán llevar como mínimo los siguientes acompañantes: Un adulto mayor de 18 años para acompañar cada minusválido no ambulatorio (En casos muy graves y a criterio del departamento de Seguridad en Vuelo o de propio comandante de la aeronave, se pueden exigir hasta 2 acompañantes). Un adulto mayor de 18 años para acompañar cada pasajero minusválido ambulatorio capaz de moverse por sí mismo pero con dificultad. Un adulto mayor de 18 años para acompañar hasta 12 pasajeros minusválidos ambulatorios en los demás casos excepto para pasajeros ciegos. Un adulto para acompañar cada dos pasajeros ciegos. Un ciego puede viajar sólo si lleva un perro lazarillo, el cual viajará en cabina con él aún cuando supere los 6 kgs de peso.. Dicho perro deberá viajar con bozal y con cartilla de vacunaciones en regla. El total de los pasajeros minusválidos no acompañados, más los minusválidos acompañados, más los acompañantes que Aviación Civil les exige a estos últimos no deberán superar el 10% de la capacidad del avión. Las autorizaciones para grupos de minusválidos se realizarán siempre por fax especificando el máximo número de detalles que se conozcan referentes al grupo tales como tipo de minusvalía, número de acompañantes, etc.

Tipos de servicios de silla de ruedas: Existen tres tipos de servicios de silla de ruedas. Al efectuar la petición de éste servicio se deberá diferenciar debidamente, según el caso, se deberá especificar el tipo que se requiere:

  • WCHR: (R de Ramp) El pasajero es capaz de subir y bajar las escaleras del avión y llegar por su propio pie hasta su asiento, pero necesita la silla de ruedas para cubrir la distancia desde el check-in hasta pie de avión y viceversa.

  • WCHS: (S de Steps) El pasajero no puede andar largas distancias ni subir y bajar las escaleras del avión, pero una vez arriba, es capaz de llegar por su propio pie hasta su asiento .

  • WCHC: ( C de Cabin Seat) El pasajero es completamente inmóvil (parapléjicos, etc.) y necesita ser trasladado desde el mostrador de facturación hasta su asiento en el avión .

(Es importante que al solicitar el servicio de silla de ruedas se especifique claramente cual de los tres tipos se está solicitando, a fin de tener prevista la asistencia que realmente necesita el pasajero en cuestión)

Si quieres más información lee nuestro apartado de Pasajeros con Movilidad reducida

Pasajeros enfermos: Son aquellos pasajeros cuya condición física o mental es tal que requieren una atención especial por parte del transportista. Para ser aceptado al vuelo, es condición indispensable presentar un certificado médico que establezca que está en condiciones de viajar Asimismo deberá firmar un descargo de responsabilidad antes de embarcar.

Camillas: Para poder autorizar un traslado en camilla en un vuelo de Air Europa tienen que cumplirse los siguientes requisitos:

  1. El tiempo de escala tanto a la salida como a la llegada debe ser de al menos 90 minutos para permitir el montaje y desmontaje de la misma.

  2. Deberán reservarse y abonarse nueve plazas para dicho montaje

  3. Deberá disponerse de técnicos de mantenimiento tanto en el aeropuerto de salida como en el de llegada para montar la camilla.

  4. El pasajero deberá viajar acompañado de personal facultativo, presentar un certificado médico que establezca que está en condiciones de viajar y por último firmar un descargo de responsabilidad antes de embarcar.

Esta información ha sido extraída de www.air-europa.com

Visita nuestro apartado especial sobre reclamaciones

 

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